Programa Provincial de Consumo Responsable de Sal Artículo 2 Provincia de La Pampa
Programa Provincial de Consumo Responsable de Sal La Pampa
Artículo 2.
Dispóngase, la utilización responsable de la sal en los establecimientos gastronómicos y/o afines - públicos o privados- en los cuales se expendan y/o se consuman productos alimenticios y que funcionen en el territorio de la provincia de La Pampa.
Provincia de La Pampa Artículo 2 Créando el Programa Provincial de Consumo Responsable de Sal LEY 2.950, 29 de Diciembre de 2016
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Leer de nuevo
Código Procesal Civil y Comercial Artículo 552. Código Procesal Laboral Mendoza Artículo 103. DE LA INSOLVENCIA PATRONAL Código Fiscal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 207. DECLARACIÓN JURADA Ley de Secuestros Salta Artículo 31. Código Procesal Penal Tucumán Artículo 250.Recomendados
Programa Provincial de Consumo Responsable de Sal La Pampa Artículo 8. Aprobando Convenio al Programa Federal de Colaboración y Asistencia para la Seguridad La Pampa Artículo 3. Programa Provincial de Consumo Responsable de Sal La Pampa Artículo 9. Prevención y sanción de búsquedas laborales y/o discriminatorias, promoción de igualdad de oportunidades La Pampa Artículo 4. Contenido obligatorio Aprobando Convenio al Programa Federal de Colaboración y Asistencia para la Seguridad La Pampa Artículo 2.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios