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Obligaciones Tributarias para el Ejercicio 2026 Artículo 78 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/01/2026

Obligaciones Tributarias para el Ejercicio 2026 Chubut
Artículo 78.

Fíjanse los siguientes valores de Tasa Anual correspondiente a la inscripción en el Registro de Gestión Ambiental de la Actividad Petrolera o renovación del "Certificado de Gestión Ambiental de la Actividad Petrolera":

a) Para empresas dedicadas a la explotación de petróleo crudo, por pozo petrolero no abandonado M 8.500 b) Para empresas dedicadas al almacenamiento, tratamiento y operaciones de terminales de embarque o descarga de petróleo crudo o derivados:

[2 módulos / m3 x volumen de tanques de almacenaje (m3)] + [12 módulos / m3 x capacidad de carga del pilar o monoboya (m3 / día)].

c) Para empresas dedicadas al transporte de hidrocarburos por oleoductos:

[2000 módulos / Km. x longitud de oleoductos principales (Km.)] + [80 módulos / m3 / día x capacidad de bombeo diaria (m3 / día)].

d) Para las empresas dedicadas a la perforación de pozos, M 150.000, debiendo asimismo abonar la cantidad de M 80.000 por cada perforación realizada dentro del año calendario.

e) Tasa de evaluación de adenda/información complementaria M 50.000 Se fija el día 30 de diciembre de cada año (el vencimiento del pago de las tasas correspondientes).

El monto de la Tasa Anual a abonar por empresas determinadas en los incisos a), b), c) y d) no podrá ser inferior a un mínimo de M 200.000

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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


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