Ley Procesal Contencioso Administrativo. Regulan el proceso contencioso-administrativo Artículo 34 Provincia del Chubut
Ley Procesal Contencioso Administrativo. Regulan el proceso contencioso-administrativo Chubut
Artículo 34. Medidas cautelares solicitadas por el Estado Provincial o Municipal
El Estado Provincial o Municipal y sus entes descentralizados podrán solicitar la protección cautelar en cualquier clase de proceso, siempre que concurran las siguientes circunstancias:a) Riesgo cierto e inminente de sufrir perjuicios sobre el interés público, el patrimonio estatal u otros derechos de su exclusiva titularidad;
b) verosimilitud del derecho invocado y, en su caso, de la ilegitimidad alegada;
c) idoneidad y necesidad en relación con el objeto de la pretensión principal;
d) que el objeto de la medida cautelar no coincida con el objeto de la pretensión principal exceptuando cuando se refiera a cuestiones vinculadas al segundo párrafo del artículo 20 de la presente ley, cuando el juez así lo determine
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Ley Procesal Contencioso Administrativo. Regulan el proceso contencioso-administrativo Chubut Artículo 42. Nuevos documentos Ley Procesal Contencioso Administrativo. Regulan el proceso contencioso-administrativo Chubut Artículo 23. Vigencia temporal de las medidas cautelares frente al Estado Provincial o Municipal Ley Procesal Contencioso Administrativo. Regulan el proceso contencioso-administrativo Chubut Artículo 19. Ámbito de Aplicación Ley Procesal Contencioso Administrativo. Regulan el proceso contencioso-administrativo Chubut Artículo 10. De la representación de los órganos y entes estatales Ley Procesal Contencioso Administrativo. Regulan el proceso contencioso-administrativo Chubut Artículo 58. Reglamentación artículo 98 de la Constitución ProvincialPublique la información de sí mismo
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