Imprimir

Ley Orgánica Municipal Artículo 47 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Ley Orgánica Municipal Chaco
Artículo 47. DE LAS COMISIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL

Existirán en los Concejos Municipales por lo menos, las siguientes comisiones:

a) De asuntos Generales;

b) de Hacienda y Presupuesto; y c) de Obras y Servicios Públicos.

d) De desarrollo local, promoción y asistencia a la producción.

e) De Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente.

Los Municipios de Tercera Categoría tendrán como mínimo a la Comisión de Asuntos Generales.

Los Concejos podrán constituir otras comisiones ordinarias o extraordinarias.

Cada comisión podrá elegir un presidente de su propio seno, a cuyo cargo estará el hacer cumplir en su comisión el Reglamento Interno, en lo que éste haya previsto para su funcionamiento.

Las comisiones serán elegidas por un año en la primera sesión ordinaria que se realice.



Provincia del Chaco Artículo 47 Ley Orgánica Municipal
Artículo 1 ...45 46 47 48 49 ...139

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse