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Ley Orgánica Municipal Artículo 97 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Ley Orgánica Municipal Chaco
Artículo 97.

El despacho, deberá establecer si la solicitud reúne o no los requisitos de admisibilidad formal. No reuniendo los requisitos el Cuerpo ordenará el archivo de las actuaciones; reuniéndolos, girará las actuaciones al Intendente, el que deberá someter al veredicto popular la confirmación o revocación del mandato del funcionario sujeto a revocatoria. Formalizado el pedido en estas condiciones, el funcionario respectivo será suspendido provisoriamente.

En caso de que la revocatoria de mandato sea de un concejal, éste podrá participar en las sesiones en que se trate el asunto, pero no votar. En dichas sesiones el Concejo deberá reemplazarlo por el suplente al solo efecto de la votación, y previo juramento del mismo.



Provincia del Chaco Artículo 97 Ley Orgánica Municipal
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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