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Ley Orgánica Municipal Artículo 49 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Ley Orgánica Municipal Chaco
Artículo 49. SANCIONES A SUS MIEMBROS

El Concejo podrá aplicar a los concejales:

a) Por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones: amonestación y multas;

b) por ausentismo notorio e injustificado, mal desempeño o falta de cumplimiento a los deberes a su cargo o serias irregularidades, con incidencia patrimonial o institucional: suspensión o destitución;

c) por haberse dictado por juez competente auto de prisión preventiva o requerimiento de elevación a juicio, o auto de elevación a juicio, firme, por delito culposo a un concejal que tenga incidencia funcional: suspensión;

d) por inhabilidad física o mental sobreviniente a su incorporación, que le impida el ejercicio del cargo: remoción.



Provincia del Chaco Artículo 49 Ley Orgánica Municipal
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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