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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 75 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/04/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial Río Negro
Artículo 75. Secretaría Letrada de Juzgados de Paz

Los Jueces y las Juezas de Paz podrán ser asistidos por una secretaría letrada cuando en razón de la actividad jurisdiccional que realicen resulte necesario a criterio del Superior Tribunal de Justicia.

Para ser titular de la Secretaría Letrada del Juzgado de Paz se requiere:

a) Ser de nacionalidad argentina con no menos de cinco (5) años de ejercicio de la ciudadanía.

b) Título de abogado o abogada expedido por universidad oficial o privada legalmente reconocida.

c) Ser mayor de edad.

d) Tener como mínimo un (1) año de ejercicio de la profesión o función judicial, entendiéndose como tal la pertenencia al Poder Judicial cualquiera sea la categoría y escalafón de revista.

El Superior Tribunal de Justicia establecerá a través de la Inspectoría de Justicia de Paz el concurso público de títulos, antecedentes y oposición para dicho cargo.



Provincia de Río Negro Artículo 75 Ley Orgánica del Poder Judicial
Artículo 1 ...73 74 75 76 77 ...175

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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