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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 106 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Ley Orgánica del Poder Judicial Río Negro
Artículo 106. Entrega del material

La reglamentación determinará la forma, tiempo y condiciones de entrega del material a archivar, las estructuras de cada Delegación de Archivo Circunscripcional, la expedición de copias, informes y certificados y el examen y salida de documentos. En todos los casos en los que los sistemas informáticos de gestión de expedientes lo permitan, la expedición de copias, informes y certificados serán expedidos en formato digital.



Provincia de Río Negro Artículo 106 Ley Orgánica del Poder Judicial
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


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