Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 136 Provincia de Misiones
Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones
Artículo 136.
Para desempeñar el cargo de Oficial Superior se requiere además de las condiciones establecidas por el Artículo 23, de esta Ley, haber aprobado el plan de enseñanza secundaria y tener una antigüedad de cinco (5) años en la Administración de Justicia y/o haber aprobado el ciclo completo de instrucción primaria y tener una antigüedad mínima de diez (10) años en organismos del Poder Judicial. Los Oficiales Superiores de los Juzgados de Paz, cualquiera sea su categoría deben satisfacer las exigencias que establece el Reglamento para el Poder Judicial.Para optar a los demás empleos de los tribunales y juzgados letrados, de las oficinas del Ministerio Público y de los demás organismos del Poder Judicial, se requiere tener dieciocho (18) años de edad y los requisitos de nacionalidad e instrucción establecidos precedentemente. Los de los Juzgados de Paz deben acreditar idénticas condiciones con excepción de que con respecto a la instrucción basta el haber aprobado el plan de enseñanza primaria.
El personal de maestranza debe reunir iguales condiciones que éstos últimos.
El cumplimiento de los años de antigüedad en la Administración de Justicia en la forma indicada precedentemente, da derecho a los empleados administrativos que llenan las demás condiciones exigidas por esta Ley o por el Reglamento para el Poder Judicial, a ser promovidos por la vía pertinente a cargo de mayor jerarquía. Igual derecho se acuerda a lo de maestranza, dentro de las escalas de ascenso que el presupuesto fija al efecto. Cuando éstos pasan a la categoría de empleados administrativos, deben acreditar las condiciones propias para tales empleos y nueva designación.
El Reglamento para el Poder Judicial establece para cada organismo judicial, quienes son los empleados superiores que revisten como oficiales superiores, de acuerdo a la Ley de Presupuesto vigente.
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Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
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