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Ley Orgánica de Comunas Artículo 99 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26/03/2025

Ley Orgánica de Comunas Santa Fe
Artículo 99.

La mesa inscriptora se instalará en el local de la Comisión Comunal y funcionará con la asistencia de tres de sus miembros de ocho a dieciséis horas, durante cinco días feriados consecutivos a partir del cinco de julio. La inasistencia de los miembros componentes de aquélla se castigará con cien pesos de multa en cada caso.

Deberá admitirse la presencia de un fiscal de cada partido político que podrá controlar el acto de la inscripción, limitándose a hacer las observaciones que creyere pertinente, sobre el derecho del solicitante a ser empadronado. La mesa resolverá por mayoría de votos.

Cuando en una localidad distante más de treinta kilómetros de la sede de la Comisión Comunal, funcione una mesa electoral, la Junta de Mayores Contribuyentes dispondrá la instalación de una mesa inscriptora, sorteando al efecto los miembros que deban componerla.

Actuará como jurado de tachas el designado para la jurisdicción comunal respectiva.



Provincia de Santa Fe Artículo 99 Ley Orgánica de Comunas
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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