Ley Orgánica de Comunas Artículo 61 Provincia de Santa Fe
Ley Orgánica de Comunas Santa Fe
Artículo 61.
Cada Comuna destinará a la formación del Fondo de Asistencia Educativa y entregará mensualmente a quien corresponda, el 10% como mínimo de los ingresos que se obtengan por impuestos, tasas, contribuciones, patentes, sisas y multas, con excepción de las tasas correspondientes al alumbrado, barrido, riego, limpieza y servicios hospitalarios y sanitarios y los producidos por enajenación de bienes, de cualquier clase que sean, de propiedad de las Comunas.
Provincia de Santa Fe Artículo 61 Ley Orgánica de Comunas
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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