Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2016 Artículo 66 Provincia de Buenos Aires
Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2016 Buenos Aires
Artículo 66.
Establécese en la suma de pesos quince millones ($15.000.000) el monto a que se refiere el primer párrafo del inciso 7) del artículo 320 del Código Fiscal - Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2011) y modificatorias-, y en pesos cuatrocientos mil ($400.000) el monto a que se refiere el segundo párrafo del inciso 7) del citado artículo.
Provincia de Buenos Aires Artículo 66 Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2016 LEY 14.808, 22 de Enero de 2016
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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
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