Ley impositiva para el ejercicio 2026 Artículo 8 Provincia de Mendoza
Ley impositiva para el ejercicio 2026 Mendoza
Artículo 8.
EI Valor lnmobiliario de Referencia previsto en el Artículo 216º del Código Fiscal se fija en:
a) Para los inmuebles urbanos e interfaz, en tres (3) veces el avalúo fiscal vigente, b) Para los inmuebles rurales y de secano, en cuatro (4) veces el avalúo fiscal vigente. EI Valor lnmobiliario de Referencia fijado en esta norma podrá ser impugnado por el sujeto pasivo de la obligación tributaria, en el modo y plazos que establezca la reglamentación. La decisión al respecto emitida por el Administrador General, causará estado en los términos del Artículo 5º de la Ley 3.918. En caso de inmuebles sometidos al Régimen de Autodeclaración establecido por la Ley de Avalúos, el Valor lnmobiliario de Referencia al que se refiere el Artículo 216º del Código Fiscal quedará fijado en el valor total definitivo que resulte de la aplicación de dicho sistema.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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