Imprimir

Ley impositiva anual para el ejercicio fiscal 2026 Artículo 32 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/02/2026

Ley impositiva anual para el ejercicio fiscal 2026 San Luis
Artículo 32.

Las operaciones de seguros, capitalización y créditos recíprocos pagarán:

1. Los contratos de seguro o de cualquier naturaleza o póliza que lo establez ca, sus prórrogas y renovaciones convenidas en jurisdicción de la Provincia sobre bienes situados dentro de la misma: el SEIS POR MIL (6%), calculado sobre el monto de la prima más recargos administrativos convenidos durante la vigencia total del contrato. Pagarán el mismo impuesto los contratos de seguros o pólizas suscriptas fuera de la Provincia que cubran riesgos de bienes situados dentro de la jurisdicción o de accidente de personas domiciliadas en la misma. Cuando el tiempo de duración sea incierto el impuesto será abonado en ocasión del pago de cada una de las primas parciales.

2. Los seguros sobre la vida contratados dentro de la Provincia pagarán un impuesto del UNO COMA DOS POR MIL (1,2%) sobre el monto asegurado. Igual impuesto abonarán los seguros contratados fuera de la Provincia sobre la vida de personas residentes dentro de esta jurisdicción.

3. Los seguros de retiro privado contratados dentro de la Provincia pagarán el UNO COMA DOS POR MIL (1,2%), calculado sobre el monto de la prima más recargos administrativos convenidos durante la vigencia total del contrato. Cuando el tiempo de duración sea incierto el impuesto será abonado en ocasión del pago de cada una de las primas parciales.

4. La restitución de primas al asegurado en ningún caso dará lugar a la devo lución del impuesto que se haya satisfecho.

El Impuesto de Sellos correspondiente a las pólizas, será cobrado por los ase guradores y pagado al Fisco por los mismos bajo Declaración Jurada.

5. Los informes de los liquidadores de siniestros o convenios que éstos firmen con los asegurados pagarán el CERO COMA SEIS POR MIL (0,6%) al ser aceptados o conformados por el asegurador.

6. Los títulos de capitalización, de ahorro con beneficios obtenidos por medio de sorteos independientes del interés del capital, abonarán un sellado equivalente al UNO COMA DOS POR MIL (1,2%) sobre el capital suscripto a cargo del suscriptor, el que será retenido y satisfecho por los emisores mediante Declaración Jurada.

Provincia de San Luis Artículo 32 Ley impositiva anual para el ejercicio fiscal 2026
Artículo 1 ...30 31 32 33 34 ...104

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


Email: [email protected]

WhatsApp: 1149913881

consulte y despeje sus dudas.




Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse