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Ley de tránsito Artículo 7 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de tránsito Córdoba
Artículo 7. FUNCIONES

La Comisión Provincial de Tránsito y Seguridad Vial tendrá las siguientes funciones:

a) Supervisar los controles de tránsito en las rutas y caminos de la Provincia de Córdoba, como así también el mantenimiento, refacción y señalización vial.

b) Impulsar la creación del Registro Unico Provincial de Licencias de Conductor, Infracciones y Accidentes de Tránsito.

c) Efectuar tareas de estudio, evaluación y sistematización de las estadísticas de accidentes de tránsito.

d) Desarrollar campañas de educación vial, y coordinar los cursos de capacitación previstos en el Artículo 10 de la presente Ley.

e) Realizar acciones y elaborar programas tendientes al mejoramiento de la circulación y el tránsito para el transporte de cargas y pasajeros.

f) Intervenir en la elaboración de pliegos para el mantenimiento y explotación de rutas por el sistema de peajes.

g) Integrar el Consejo Federal de Seguridad Vial.

h) Integrar la red informática interprovincial del Registro Nacional de Antecedentes del Tránsito.

i) Fiscalizar la aplicación de esta Ley y su resultado.

j) realizar licitaciones, concursos, compras, adjudicaciones, y toda otra actividad comercial para el mejor cumplimiento de la Ley y de su Reglamentación.

k) Efectuar convenios con entes públicos y privados.

l) Elaborar su Reglamento Interno, en el que se establecerá la sede de reunión, la distribución funcional de actividades, la periodicidad de las sesiones, la metodología de trabajo y todo otro aspecto necesario para su correcto funcionamiento.

m) Formalizar mediante Resoluciones las decisiones que adopte, las que serán remitidas al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación.



Provincia de Córdoba Artículo 7 Ley de tránsito
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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