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Código de Transito y Transporte Artículo 1.1.5 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 1.1.5. Atlas Vial de la Ciudad de Buenos Aires

La Autoridad de Aplicación edita y mantiene actualizado el Atlas Vial de la Ciudad de Buenos Aires. El mismo se realiza en base al soporte cartográfico de la Ciudad y debe contener la siguiente información:

a)Denominación oficial de todas las arterias de la Ciudad de Buenos Aires, su numeración catastral, su desarrollo con indicación de comienzo y final y su clasificación en pasajes, calles, avenidas y autopistas.

b)Clasificación de todas las arterias como integrantes de las Redes Viales Primaria, Secundaria y Terciaria.

c)Los sentidos de circulación de todas las arterias,

d)Indicación de arterias o sus tramos con carriles o contracarriles preferenciales o exclusivos para transporte público de pasajeros, con sus particularidades funcionales.

e)Indicación de las arterias o sus tramos integrantes de la Red de Tránsito Pesado.

f)Indicación de las arterias o sus tramos con ciclovías o ciclocarriles.

g)Indicación de las normas particulares de estacionamiento vigentes.

h)Indicación de las arterias o sus tramos con normas particulares de carga y descarga y detalle de las mismas.

i)Indicación de las arterias o sus tramos clasificadas como calles de convivencia.

j)Ubicación de las paradas del Transporte Público Automotor de Pasajeros (colectivos y taxis).

El Atlas Vial de la Ciudad de Buenos Aires debe estar disponible para consulta de los interesados en la página web del Gobierno de la Ciudad.



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 1.1.5 Código de Transito y Transporte
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?


El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar


Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


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