Ley de tránsito Artículo 40 Nacional
Ley de tránsito Nacional
Artículo 40. REQUISITOS PARA CIRCULAR
Para poder circular con automotor es indispensable: a) Que su conductor esté habilitado para conducir ese tipo de vehículo y que lleve consigo la licencia correspondiente; b) Que porte la cédula, de identificación del mismo; c) Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68; d) Que el vehículo, incluyendo acoplados y semirremolques tenga colocadas las placas de identificación de dominio, con las características y en los lugares que establece la reglamentación. Las mismas deben ser legibles de tipos normalizados y sin aditamentos; e) Que, tratándose de un vehículo del servicio de transporte o maquinaria especial, cumpla las condiciones requeridas para cada tipo de vehículo y su conductor porte la documentación especial prevista sólo en la presente ley; f) Que posea matafuego y balizas portátiles normalizados, excepto las motocicletas; g) Que el número de ocupantes guarde relación con la capacidad para la que fue construido y no estorben al conductor. Los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero; h) Que el vehículo y lo que transporta tenga las dimensiones, peso y potencia adecuados a la vía transitada y a las restricciones establecidas por la autoridad competente, para determinados sectores del camino; i) Que posea los sistemas de seguridad originales en buen estado de funcionamiento, so riesgo de aplicación del artículo 72 inciso c) punto 1; j) Que tratándose de una motocicleta, sus ocupantes lleven puestos cascos normalizados, y si la misma no tiene parabrisas, su conductor use anteojos; k) Que sus ocupantes usen los correajes de seguridad en los vehículos que por reglamentación deben poseerlos.
Nacional Artículo 40 Ley de tránsito
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Según esta ley no menciona nada con respecto tarjeta verde o azul, solo dice identificación del vehículo. Eso deja una ventana al curro y a interpretación.
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la vía publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la vía publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limítrofes, obviamente con todos los demás requisitos como: registro de conducir, seguro, VTV, matafuegos.
donde dice que la cedula azul es solo para SALIR del pais.... estoy leyendo la ley pero NO vi esa leyenda. gracias
Hla por lo q veo nadie contesta nada asegun lo q se q la cedula azul es solo para salir del pais la cedula vence pero es para tramites administrativos no tiene vencimiento la verde porque el q pone la fecha d vencimiento es el registro del automotor pero no puede pasar x encima d la ley d trancito q abilita cualquier ciudadano argentino a circular dentro del pais con cualquier veiculo siendo titular o no xk un veiculo es un bien registral i le podes prestar a quien t d la gana
Hola, si sos principiante en moto ,cuando podes transitar por avenida y autopista?
Qué hay sobre la cédula ontatjeta azul, es necesaria para circular dentro del país?
no tengo el vehiculo a mi nombre necesito cedula azul para circular por territorio argentino
Dice algo sobre circular con cedula verde vencida a nombre de otra persona?
El hecho de que el conductor del vehículo no tenga y/o no porte el carnet de conductor al momento del evento dañoso agrava su responsabilidad o se trata de una mera falta administrativa sin efecto alguno en la posible demanda por daños y perjuicios
Esta bien que me retengan la licencia de conducir? me paso lo siguiente, con el tema de la endemia , me pararon en la calle Corsini Y h.Hirigoyen en el municipio de Tigre, el agente estaba de tan mal humor que me trato muy mal, me solicito la aplicación Cuidar (la cual la tenia) luego me solicito el DNI, luego el registro, ( el cual lo tenia en la guantera y para eso tuve que sacarme el cinturón de seguridad para poder tomarlo) se lo entregue, luego me pidió la tarjeta del seguro, la cual se la entregue y primero me confecciono la multa por no tener puesto el cinturón de seguridad el cual me había sacado delante de el, me confecciono la multa por el tema del cinturón y como me había bajado el barbijo para que se me desempañaran los anteojos me hizo la multa por el tema del barbijo.No contento con esto , me pidió la multa que me había confeccionado y se la entregue, se fue a su patrullero y me realizo otra multa.
Me presente a las 48hs en transito para resolver el tema y me entere que me había realizado la multa por no tener seguro (cuando la tarjeta del seguro se la quedo el, cosa que se la reclame y se fue casi atropellándome con el patrullero.Luego de la vereda de enfrente cruzo una persona vestida de pantalón negro remera blanca anteojos negros y gorrita negra y me increpo diciéndome que si no corría el auto se lo llevaba con la grúa, al cual le conteste que estaba parado porque me había parado el cerrojo, me dijo un montón de barbaridades y que yo no sabia nada de leyes y que la licencia de conducir no era mía , que era del municipio.
¿esta bien todo esto, es así? la verdad que en mis 64 años nunca me paso algo parecido.
Ahora tengo que ir el día 11/06 a las 11hs a transito y presentarme con un abogado , el cual debe llevar un montón de papeles y credenciales.
Si alguien puede asesorarme se lo voy agradecer, yo con el auto trabajo de remis con una aplicación, y estoy sin trabajar hace 15 días.
Necesito cédula azul para utilizar vehículo que no soy titular en territorio argentino?
Si voy a conducir en la provincia de Córdoba un vehículo que no es mío y el propietario no viaja, pero la tarjeta verde no está vencida es necesario tener un permiso?
En una ciudad q no hay juez d faltas es factible q te secuestren el vehiculo xq no esta transferido?
no dice si el vehiculo dee ser secuestrado o demorado o infraccionado y sigue
Buenos dias.Con respecto a la circulacion en moto, aplica presentar la cedula o tarjeta verde fisica?O se puede presentar la cedula digital?
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