Ley de seguros Artículo 154 Argentina
Ley de seguros
Artículo 154. Comienzo del derecho eventual. Examen médico previo
El contrato fijará las condiciones de incorporación al grupo asegurado que se producirá cuando aquéllas se cumplan.Si se exige examen médico previo, la incorporación queda supeditada a esa revisación. Esta se efectuará por el asegurador dentro de los quince días de la respectiva comunicación.
Argentina Artículo 154 Ley de seguros LEY 17.418, 16 de Septiembre de 1967
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Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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Código de Justicia Militar Artículo 730. Código Contravencional Salta Artículo 74 bis. Código de Justicia Militar Artículo 771. Código de Justicia Militar Artículo 348. Código Procesal Penal Salta Artículo 62. Tribunal competenteRecomendados
Ley de seguros Nacional Artículo 145. Designación sin fijación de cuota parte. Designación de hijos. Designación de herederos. No designación o caducidad de ésta Ley de seguros Nacional Artículo 21. Validez Ley de seguros Nacional Artículo 115. Denuncia Ley de seguros Nacional Artículo 6. Falta de dolo Ley de seguros Nacional Artículo 72. Obligación de salvamento. ViolacióPublique la información de sí mismo
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