Ley de procedimiento tributario Artículo 209 Nacional
Ley de procedimiento tributario Nacional
Artículo 209. Requisitos Formales de la Solicitud
El inicio del procedimiento se formulará por escrito ante la mesa de entradas de la autoridad competente y deberá contener, como mínimo: a) Nombre completo o razón social, domicilio y CUIT o CUIL, de corresponder, de la persona que presenta la solicitud y de todas las partes intervinientes en las transacciones objeto de examen. b) Una exposición detallada sobre las personas y los hechos, actos, situaciones, relaciones jurídicoeconómicas y formas o estructuras jurídicas relativos al caso planteado, adjuntando copia de la documentación de respaldo, en caso de corresponder. Cuando se presenten documentos redactados en idioma extranjero, deberá acompañarse una traducción efectuada por traductor público nacional matriculado en la República Argentina. c) La identificación de los períodos fiscales involucrados. d) El encuadre técnico-jurídico que el contribuyente o responsable estime aplicable y las razones por las cuales considera que ha habido o probablemente haya una imposición contraria al convenio. e) La identificación de los recursos administrativos o judiciales interpuestos por el solicitante o por las demás partes intervinientes, así como cualquier resolución que hubiera recaído sobre la cuestión. Boletín Oficial Nº 33.781 - Primera Sección 80 Viernes 29 de diciembre de 2017 f) La indicación de si alguno de los sujetos intervinientes en las operaciones objeto de la presentación ha planteado la cuestión u otra similar, ante la otra autoridad competente del convenio. En caso afirmativo, adjuntar copia de la respuesta emitida por el otro Estado parte. g) La firma del contribuyente o de su representante legal o mandatario autorizado por estatutos, contratos o poderes, acompañando la documentación que avale dicha representación.
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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias
Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
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