Imprimir

Ley de Ministerios Artículo 19 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley de Ministerios Chubut
Artículo 19.

El despacho de los asuntos administrativos está a cargo de Secretarios de Estado, con las competencias y atribuciones generales del Capítulo II, del artículo 2° de la presente en lo que a ellos corresponda, con las sucesivas competencias específicas, determinadas en las siguientes Secretarías:

· Secretaría General de Gobierno;

· Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado;

· Secretaría de Trabajo;

· Secretaría de Contrataciones;

· Secretaría de Pesca;

· Secretaría de Bosques;

· Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;

No obstante, el Poder Ejecutivo está facultado para crear las Secretarías que estime necesarias de conformidad con las exigencias funcionales de la Administración. Las estructuras y funciones de dichas Secretarías serán determinadas por Decreto en Acuerdo General de Ministros Secretarios. Los Secretarios tendrán el rango y jerarquía que la Constitución Provincial y esta Ley establecen para los Ministros Secretarios.



Provincia del Chubut Artículo 19 Ley de Ministerios
Artículo 1 ...17 18 19 20 21 ...40

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse