Ley de financiamiento de los partidos politicos Nacional
Ley de financiamiento de los partidos politicos Nacional
- TÍTULO I. DEL PATRIMONIO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
CAPÍTULO I - BIENES Y RECURSOS
SECCIÓN I: DE LOS BIENES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS - Artículo 1. Composición
- Artículo 2. Bienes registrables
- Artículo 3. Exención impositiva
- SECCIÓN II: RECURSOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
- Artículo 4. Financiamiento partidario
- Artículo 5. Financiamiento público
- Artículo 6. Fondo Partidario Permanente
- Artículo 7. Destino recursos asignados al Ministerio del Interior
- Artículo 8. Obligación de informar
- Artículo 9. Asignación Fondo Partidario Permanente
- Artículo 10. Distribución Fondo Partidario Permanente
- Artículo 11. Alianzas electorales
- Artículo 12. Capacitació
- Artículo 13. Requisito
- Artículo 14. Financiamiento privado
- Artículo 15. Prohibiciones
- Artículo 16. Montos máximos de aportes por persona
- Artículo 16 bis. Aporte en dinero
- Artículo 16 ter. Declaración de los aportes
- Artículo 16 quater. Aportes en especie
- Artículo 17. Deducción impositiva
- CAPÍTULO II - ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVO CONTABLE
SECCIÓN I: ORGANOS PARTIDARIOS Y FUNCIONES - Artículo 18. Administración financiera
- Artículo 19. Obligaciones del tesorero
- SECCIÓN II: MOVIMIENTOS DE FONDOS
- Artículo 20. Cuenta corriente única
- SECCIÓN III: REGISTROS EXIGIDOS
- Artículo 21. Libros contables rubricados
- TÍTULO II. DEL CONTROL PATRIMONIAL ANUAL
CAPÍTULO I - OBLIGACIONES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS - Artículo 22. Ejercicio contable
- Artículo 23. Estados Contables Anuales
- Artículo 24. Publicidad
- Artículo 25. Observaciones de terceros
- CAPÍTULO II - FISCALIZACIÓN Y CONTROL PATRIMONIAL ANUAL
- Artículo 26. Procedimiento de control patrimonial
- TÍTULO III. DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES
CAPÍTULO I - OBLIGACIONES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS POR CAMPAÑAS ELECTORALES - Artículo 27. Responsables
- Artículo 28. Fondos de campaña
- Artículo 29. Constitución de fondo fijo
- Artículo 30. Constancia de operació
- Artículo 30 bis. Todo gasto de los contemplados en el artículo 30 que se efectúe con motivo...
- CAPÍTULO II - ALIANZAS ELECTORALES
- Artículo 31. Alianzas
- Artículo 32. Fondos electorales
- Artículo 33. Constancia de operació
- CAPÍTULO III - FINANCIAMIENTO PÚBLICO EN CAMPAÑAS ELECTORALES
- Artículo 34. Aportes de campaña
- Artículo 35. Aporte impresión boletas
- Artículo 36. Distribución aportes
- Artículo 37. Referencia electoral
- Artículo 38. Partidos nacionales y de distrito
- Artículo 39. Retiro de candidatos
- Artículo 40. Destino remanente aportes
- Artículo 41. Depósito del aporte
- Artículo 42. Segunda vuelta
- Artículo 43. Espacios en emisoras de radiodifusión televisiva y sonora abierta o por suscripció
- CAPÍTULO III BIS - DE LA PUBLICIDAD ELECTORAL EN LOS SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
- Artículo 43 BIS. La Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior distribuirá los...
- Artículo 43 TER. A efectos de realizar la distribución de los espacios de publicidad...
- Artículo 43 QUATER. De acuerdo a lo establecido en la Ley de Servicios de Comunicación...
- Artículo 43 QUINQUIES. En caso de segunda vuelta electoral por la elección de presidente y...
- Artículo 43 SEXIES. La cantidad de los espacios de radiodifusión y los espacios en los medios...
- Artículo 43 SEPTIES. La distribución de los horarios y los medios en que se transmitirá la...
- Artículo 43 OCTIES. Los gastos de producción de los mensajes para su difusión en los servicios de...
- Artículo 43 NONIES. Será obligatorio para las agrupaciones políticas la subtitulación de los...
- CAPÍTULO III TER DE LA PUBLICIDAD ELECTORAL EN REDES SOCIALES Y PLATAFORMAS DIGITALES
- Artículo 43 decies. Registro de cuentas oficiales
- Artículo 43 undecies. Rendición de gastos de campaña en plataformas digitales
- Artículo 43 duodecies. Campañas de concientización y formación cívica en entornos digitales
- Artículo 43 terdecies. Destino de inversión en publicidad digital
- CAPÍTULO IV - FINANCIAMIENTO PRIVADO EN CAMPAÑAS ELECTORALES
- Artículo 44. Financiamiento privado
- Artículo 44 BIS. Límite de recursos privados de campaña por agrupación y de aportes privados...
- CAPÍTULO IV - FINANCIAMIENTO PRIVADO EN CAMPAÑAS ELECTORALES
- Artículo 44 TER. La Cámara Nacional Electoral creará un (1) Registro de Empresas de Encuestas...
- Artículo 44 QUATER. Desde ocho (8) días antes de cada elección y hasta tres (3) horas después de...
- Artículo 44 quinquies. Las empresas de encuestas y sondeos de opinión que incumplan las...
- CAPÍTULO V - LÍMITES DE GASTOS DE CAMPAÑAS ELECTORALES
- Artículo 45. Límite de gastos
- Artículo 45 BIS. Gasto electoral
- Artículo 46. Información límite
- Artículo 47. Adhesió
- Artículo 48. Gastos segunda vuelta
- Artículo 49. Gastos en publicidad
- Artículo 50. Terceros informantes
- Artículo 51. Gastos realizados por anticipado
- Artículo 52. Límites de gastos y aportes
- TÍTULO IV. DEL CONTROL DE FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑAS ELECTORALES
- Artículo 53. Información aportes
- Artículo 54. Informe previo
- Artículo 55. Publicidad
- Artículo 56. Procedimiento de consulta
- Artículo 57. Falta informació
- Artículo 58. Informe final
- Artículo 58 BIS. Rubros de gastos
- Artículo 59. Publicidad
- Artículo 60. Procedimiento de consulta y observaciones
- Artículo 61. Procedimiento de control patrimonial
- TÍTULO V - DE LAS SANCIONES
- Artículo 62. Serán sancionados con la pérdida del derecho a recibir contribuciones,...
- Artículo 63. El presidente y tesorero del partido y los responsables políticos y...
- Artículo 64. Idénticas sanciones a las previstas en los artículos anteriores serán...
- Artículo 65. La violación del cumplimiento del destino de los fondos del artículo 12,...
- Artículo 66. Será sancionada con multa de igual monto que la contribución o donación y...
- Artículo 66 bis. Serán sancionadas con una multa equivalente al diez por ciento (10%) de los...
- Artículo 67. Serán sancionadas con una multa equivalente al diez por ciento (10%) de los...
- Artículo 67 BIS. NOTA DE REDACCION:(ARTICULO DEROGADO POR LEY 27.504). Serán sancionadas...
- TÍTULO VI. DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 68. Modifícase el primer párrafo del inciso c) del artículo 81 de la Ley de...
- Artículo 68 BIS. Créase el módulo electoral como unidad de medida monetaria para determinar...
- Artículo 69. Los aportes previstos para el pago del Fondo Partidario Permanente a los...
- Artículo 70. Prohíbese la cesión de derechos sobre aportes futuros respecto al Fondo...
- Artículo 71. Aplíquese el procedimiento previsto en el Capítulo III del Título VI del...
- Artículo 71 BIS. Las resoluciones de la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del...
- Artículo 72. La Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Consejo de la Magistratura del...
- Artículo 73. Modifícase el artículo 4º de la ley 19.108, de la siguiente forma: Artículo...
- Artículo 74. Modifícase el artículo 145 del Código Electoral Nacional (Ley 19.945 y sus...
- Artículo 75. Modifícase el artículo 72 del Código Electoral Nacional (Ley 19.945 y sus...
- Artículo 75 bis. Provisión de Información a la Justicia Nacional Electoral
- Artículo 75 ter. Provisión de Información a la Justicia Nacional Electoral
- TÍTULO VII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Artículo 76. Encomiéndase a la Jefatura de Gabinete de Ministros asignar al Ministerio...
- Artículo 77. Derógase la Ley 25.600.
- Artículo 78. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias
Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
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