Estatuto del Docente Artículo 336 Provincia del Chaco
Estatuto del Docente Chaco
Artículo 336.
Fuera de los casos de licencias y permisos contemplados expresamente en el presente régimen, sólo podrán justificarse por razones particulares con goce de haberes hasta cinco (5) días de inasistencia en el año calendario, las que no podrán ser continuas ni exceder de dos (2) días por mes.
Más de dos (2) inasistencias continuas o más de cinco (5) discontinuas en el período lectivo, determinará sin más trámite la baja del docente, medida que el superior jerárquico notificará al interesado.
Las inasistencias producidas por las sumas de faltas de puntualidad y retiros, se deducirán de los cinco (5) días de inasistencias con goce de haberes en el período escolar.
Provincia del Chaco Artículo 336 Estatuto del Docente
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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