Electrificación rural (Electrificación rural) Provincia de Santa Fe
Electrificación rural Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Declárase de interés provincial y urgente necesidad la promoción y ejecución...
- Artículo 2. Se considera obra de electrificación rural a aquellas destinadas a proveer...
- Artículo 3. Todas las facultades de autorización, normalización técnica, ordenamiento,...
- Artículo 4. Créase el Fondo para la Electrificación Rural ( F.E R. ) de la Provincia de...
- Artículo 4 bis. Detráigase del Fondo para la Electrificación Rural (FER) creado por el...
- Artículo 5. El F.E.R. se integrará anualmente con: -a) el 20 % del monto del cálculo de...
- Artículo 6. Para que una zona sea declarada por el P.E. de electrificación obligatoria,...
- Artículo 7. La Calificación de los predios o parcelas y del hecho imponible, estarán a...
- Artículo 8. Los propietarios y poseedores con ánimo de dueño de inmuebles rurales...
- Artículo 9. La D.P.E. aportará hasta un 20% y los contribuyentes el resto del costo...
- Artículo 10. La D.P.E. tendrá competencia, además de sus funciones...
- Artículo 11. Para proceder al cobro de la contribución por mejoras, la D.P.E. remitirá al...
- Artículo 12. Estarán exceptuados del pago de la contribución por mejoras única y...
- Artículo 13. Todo anuncio de venta de inmuebles situados en la zona declarada de...
- Artículo 14. Los escribanos públicos no otorgarán escrituras con respecto a bienes...
- Artículo 15. En los casos de venta de inmuebles afectados por el régimen de esta ley, a...
- Artículo 16. La contribución por mejoras a que refiere esta ley no se entenderá incluída...
- Artículo 17. Queda facultada la D.P.E. para adquirir directamente de los propietarios, en...
- Artículo 18. Los pobladores rurales que quieran llevar a cabo obras de electrificación en...
- Artículo 19. Se establece un régimen de fomento para obras de electrificación a cargo de...
- Artículo 20. La D.P.E. podrá proponer al P.E. la ejecución de obras de Electrificación...
- Artículo 21. La autorización de la D.P.E. para realizar las obras a que se refieren los...
- Artículo 22. No podrán constuírse en el territorio Provincial, obras e instalaciones...
- Artículo 23. Los arrendatarios y usufructuarios que hubieren abonado la contribución por...
- Artículo 24. Los propietarios, poseedores con ánimo de dueño o arrendatarios que no...
- Artículo 25. DISPOSICION TRANSITORIA
- Artículo 26. Derógase la Ley Nro. 6362 y su decreto reglamentario, con excepción de lo...
- Artículo 27. La presente ley será refrendada por los señores Ministros de Gobierno, de...
- Artículo 28. Inscríbase en el Registro General de Leyes, regístrese, comuníquese,...
Otras regulaciones
Órgano de revisión y promoción de derechos de los usuarios de los servicios de salud mental Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Creación de la Comisión Bicameral de la Mujer Prorroga el plazo de la vigencia de la Ley N° 13.666, de Declaración de Emergencia y Suspensión de Desalojos de Predios Rurales Programa de Intervención Integral de BarriosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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