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Ejercicio de la Actividad del Profesional Farmacéutico Artículo 54 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ejercicio de la Actividad del Profesional Farmacéutico Chubut
Artículo 54.

Además de las prohibiciones contenidas en el artículo 14° de la presente, el director técnico de una farmacia no puede:

1- Recetar medicamentos;

2- Tener en existencia o expender medicamentos productos médicos y otros que no estén certificados ni aprobados por la ANMAT.

3- Despachar recetas que no se encuentren firmadas por el profesional médico u odontólogo, con la aclaración del nombre, apellido y número de matrícula, escrita en idioma nacional y no contengan expresado el peso y volumen o unidades biológicas de acuerdo a las reglamentaciones vigentes. Cuando se presuma que en la receta hay un error o la ilegibilidad de la letra provoque duda, no la despachará sin antes pedir al profesional que la prescribió, las explicaciones pertinentes a través de una ratificación o rectificación.

4- Negarse a efectuar despacho al público fuera de su horario habitual o de guardia obligatoria, cuando le sea requerido por casos de urgencia. En estas situaciones, el farmacéutico puede exigir la presentación de la receta en la que conste la necesidad de la administración perentoria del medicamento prescripto.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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