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Desarrollo Sustentable del Sector Acuícola Artículo 29 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Desarrollo Sustentable del Sector Acuícola Nacional
Artículo 29.

Las actividades relacionadas al desarrollo de la acuicultura, comprendidas en el régimen instituido por la presente ley, abarcarán las fases de cada cultivo, sea que la actividad se considere como una producción "integrada vertical" comprendiendo todas las fases del ciclo de vida específico: reproducción, larvicultura, pre-engorde y engorde de las especies junto a su cosecha y post-cosecha; o bien, una producción "no-vertical" que incluya solamente la fase de producción de alevinos o bien, las de pre-engorde, engorde. Los aportes del FONAC podrán ser solicitados para la adquisición de materiales de construcción para infraestructura; de insumos varios; maquinarias para elaboración de alimentos; clasificadoras de peces; tractores y palas mecánicas u otras; así como aquellas destinadas al mejoramiento de la producción y/o calidad de los productos obtenidos; desarrollo de tecnologías para cultivo de especies acuáticas adecuadas a cada uno de los sistemas de producción; fomento de los emprendimientos asociativos, cumplimiento de programas de control sanitario; acceso a la comercialización y marketing de los productos finales obtenidos, agregado de valor generado por el propio productor o bien, por cooperativas, asociaciones u otras formas de empresas integradoras, donde el productor muestre participación directa y activa.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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