Declárase de interés nacional el desarrollo de la tecnología, la producción, el uso y aplicaciones del hidrógeno como combustible y vector de energía. Política nacional. Objetivos. Sujetos. Autoridad de aplicación. Infracciones y sanciones. Créase el fond (Regimen para el desarrollo de la tecnologia, produccion, uso y aplicaciones del hidrogeno como combu) Nacional
Declárase de interés nacional el desarrollo de la tecnología, la producción, el uso y aplicaciones del hidrógeno como combustible y vector de energía. Política nacional. Objetivos. Sujetos. Autoridad de aplicación. Infracciones y sanciones. Créase el fond Nacional
- Artículo 1. Declárase de interés nacional el desarrollo de la tecnología, la producción,...
- Artículo 2. La presente ley promueve la investigación, el desarrollo, la producción y el...
- Artículo 3. Los objetivos de la presente ley son: a) Desarrollar y fortalecer la...
- Artículo 4. Podrán acogerse al presente régimen las personas físicas domiciliadas en la...
- Artículo 5. No podrán acogerse al presente régimen quienes se hallen en alguna de las...
- Artículo 6. La autoridad de aplicación de la presente ley será determinada por el Poder...
- Artículo 7. Son funciones y atribuciones de la autoridad de aplicación: a) Asesorar...
- Artículo 8. Toda actividad orientada al uso del hidrógeno como combustible o vector de...
- Artículo 9. El incumplimiento de las disposiciones de la presente ley o de las...
- Artículo 10. Las sanciones establecidas en el artículo anterior se aplicarán previa...
- Artículo 11. Las acciones para imponer sanciones por la presente ley prescriben a los...
- Artículo 12. Para la constatación, tramitación y sanción por incumplimiento a la presente...
- Artículo 13. Créase el Fondo Nacional de Fomento del Hidrógeno (FONHIDRO). El mismo...
- Artículo 14. Los recursos a que hace referencia el artículo anterior tendrán por...
- Artículo 15. El Poder Ejecutivo establecerá la conformación, responsabilidades, funciones...
- Artículo 16. Los gastos operativos y administrativos de dicho fondo no podrán superar en...
- Artículo 17. Los sujetos mencionados en el artículo 4º, que se dediquen a la...
- Artículo 18. El cupo fiscal total de los beneficios promocionales mencionados en el...
- Artículo 19. No estará alcanzado por los beneficios de la presente ley el uso del...
- Artículo 20. En todo lo no previsto en esta ley y en especial a lo atinente al Capítulo...
- Artículo 21. El régimen dispuesto por la presente ley tendrá una vigencia de quince (15)...
- Artículo 22. Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir...
- Artículo 23. Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día de su...
- Artículo 24. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los NOVENTA (90)...
- Artículo 25. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL...
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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