Créase un juzgado federal de primera instancia con asiento en la ciudad de san francisco, provincia de córdoba. Competencia territorial Nacional
Créase un juzgado federal de primera instancia con asiento en la ciudad de san francisco, provincia de córdoba. Competencia territorial Nacional
- Artículo 1. Créase un juzgado federal de primera instancia con asiento en la ciudad de...
- Artículo 2. El juzgado federal de San Francisco tendrá competencia territorial sobre el...
- Artículo 3. Modifícase la competencia territorial del Juzgado Federal de Bell Ville,...
- Artículo 4. Créase UNA (1) fiscalía de primera instancia y UNA (1) defensoría pública...
- Artículo 5. Créanse los cargos de juez, secretarios de juzgado, fiscal de primera...
- Artículo 6. Las causas en trámite ante el Juzgado Federal de Bell Ville continuarán...
- Artículo 7. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba ejercerá la superintendencia y...
- Artículo 8. La presente ley se implementará una vez que se cuente con el crédito...
- Artículo 9. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Consejo de la Magistratura, la...
- Artículo 10. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL...
- Artículo 11. ANEXO I PODER JUDICIAL DE LA NACION
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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