Creación del Programa de Urbanización y Regularización Dominial de Barrios Populares Artículo 13 Provincia de Córdoba
Creación del Programa de Urbanización y Regularización Dominial de Barrios Populares Córdoba
Artículo 13.
Establécese que cuando se utilice como base de cálculo la valuación fiscal o la base imponible del Impuesto Inmobiliario para la determinación de aranceles, escalas o tarifas en la fijación de honorarios profesionales, comisiones u otras formas de retribución de los servicios realizados por operaciones, actos, contratos o documentos vinculados con planes o programas de loteos sociales promovidos por el Estado Nacional, Provincial o por los estados municipales o comunales, debe considerarse a todos los efectos la valuación fiscal o la base imponible del Impuesto Inmobiliario vigente al 31 de diciembre del año anterior en que las mismas se devenguen, excepto que, por cuestiones operativas o de redeterminación técnica resulte superior a la vigente al momento del cálculo de los conceptos. Para el cálculo de los aportes, contribuciones o retenciones destinadas al sostenimiento o funcionamiento de las entidades previsionales de los colegios o consejos profesionales creados o reconocidos por ley provincial, se utilizará como base de cálculo el treinta por ciento (30%) de la valuación fiscal o la base imponible del Impuesto Inmobiliario vigente al 31 de diciembre del año anterior en que las mismas se devenguen, cuando se trate de operaciones, actos, contratos o documentos vinculados a la presente Ley.
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Código de Faltas Mendoza Artículo 44. Establécese que los sujetos que efectúen la normalización de tenencia de moneda nacional Córdoba Artículo 9. Sistema de Pasantías Educativas que regirá en el ámbito del Ministerio de Educación Córdoba Artículo 14. Bibliotecas populares: fomento Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 11. Código de Faltas Mendoza Artículo 12.Publique la información de sí mismo
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