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Creación del Plan Conectividad Artículo 10 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08/07/2025

Creación del Plan Conectividad Córdoba
Artículo 10.

Establécense las siguientes acciones de despliegue de infraestructura como etapas del desarrollo del "Plan Conectividad Córdoba":

a) Tendido e iluminación de fibra óptica: tendido de un cable de fibra óptica que permite conectar puntos de acceso a la red a lo largo del cable. En cada punto se instalará un equipo de comunicaciones que permitirá transportar información digital o datos empleando pulsos de luz;

b) Despliegue local: realización de las conexiones de edificios dentro de cada localidad, vinculándolos a todos a través de un esquema de conexión que emplee fibra óptica y tecnología inalámbrica, y c) Espacios ciudadanos: habilitación de puntos de conexión definidos para que el ciudadano interactúe con los sistemas informáticos del Gobierno de Córdoba y, además, pueda vincularse con el mundo a través del acceso de contenidos a internet.



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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.


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