Constitución Artículo 170 Provincia de Santiago del Estero
Constitución Santiago del Estero
Artículo 170. Naturaleza y funciones
El Tribunal de Cuentas es el órgano de control externo de las cuentas y de la gestión del sector público provincial y de los municipios que no tuvieren tribunal de cuentas, en los aspectos legales, presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales y operativos. Ejerce facultades jurisdiccionales en sede administrativa, de acuerdo con lo previsto por esta Constitución y la ley. Goza de plena independencia y autonomía funcional, dictando su propio reglamento de funcionamiento.
Las entidades privadas que perciban o administren fondos públicos están sujetas a la jurisdicción del Tribunal de Cuentas.
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Buenas.
Tengo una consulta, si me caso con una ciudadana argentina, cuáles son los paso a seguir para obtener la ciudadanía argentina.
Pensamos casarnos en argentina, pero ninguno tiene idea de los paso a seguir.
Buenos dias. Cuando abren las inscripciones a los programas PPP y XMI?
En principio debe acreditar el vinculo y adjuntar toda la documentación requerida.
buenas tardes, mi padre que era viudo adquirio un terreno antes de casarse por 2° vez con mi madre y construyo la casa familiar. Ahora mi padre fallecio y mi medio hermano ( hijo del primer matrimonio) reclama uma porcion mayor de la sucesion . Le corresponde?
Soy auxiliar en terapia ocupacional,se un instituto privado y me pide un certificado de matrícula para poder trabajar,cómo hago???
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