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Constitución Artículo 99 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/09/2024

Constitución Santa Cruz
Artículo 99.

La Cámara tendrá autoridad para corregir con arresto de hasta un mes a toda persona ajena a su seno por falta de respeto o conducta desordenada o inconveniente.

Tambien podrá hacerlo con quienes ofendieran o amenazaran ofender algun Diputado en su persona o bienes por su proceder en la Cámara y a cualquiera que de alguna manera dificultase el cumplimiento de sus resoluciones, pudiendo pedir el procesamiento del responsable por los Tribunales Ordinarios.

Provincia de Santa Cruz Artículo 99 Constitución
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el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)


Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias


hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.


después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....


No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????


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