Constitución Artículo 38 Provincia de Santa Cruz
Constitución Santa Cruz
Artículo 38.
Las contribuciones se inspirarán en propósitos de justicia social y deberá procurarse que no graviten sobre los artículos de primera necesidad y el patrimonio mínimo familiar.Las autoridades provinciales denunciarán los contratos leyes que existan firmados con la Nación para la unificación de impuestos y reivindicarán la plenitud de sus derechos impositivos.
Provincia de Santa Cruz Artículo 38 Constitución
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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