Imprimir

Constitución Artículo 270 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/07/2024

Constitución San Luis
Artículo 270. Recursos

Las municipalidades, cualquiera sea su tipo, tienen los siguientes recursos: 1) Las tasas por los servicios que presta, patentes y contribuciones locales.

2) El producto de la actividad económica que realice, los servicios que preste o los otorgados por concesión.

3) Las multas y recargos por contravención.

4) El producto de los empréstitos y operaciones de créditos.

5) Los impuestos sobre ramos que la ley específica se±ala.

6) Las donaciones o subsidios.

7) Contribución por mejoras en relación con la valorización del inmueble como consecuencia de una obra pública municipal.

8) El producto de la enajenación de bienes municipales, servicios de peaje, y rentas de bienes propios.

9) Los de coparticipación federal y provincial, debiendo asegurarse el porcentaje y distribución automática por ley en base de los principios de solidaridad y equidad que contribuya a asegurar la autosuficiencia económica de los municipios, teniéndose en cuenta la promoción del crecimiento económico sostenido, integrado y armónico de las distintas poblaciones de la Provincia y las exigencias de las prestaciones de servicios, su capacidad contributiva y poblacional. En la contribución se debe favorecer a los municipios de menores recursos propios.

10) Aportes que efectúe el Estado Nacional o Provincial destinado a obras comunales específicas de desarrollo y progreso comunitario o de otra índole y los que resultan de convenios inter-municipales.

Provincia de San Luis Artículo 270 Constitución
Artículo 1 ...268 269 270 271 272 ...287

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable


Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias


Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.


Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.


Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse