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Constitución Artículo 8 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Constitución Salta
Artículo 8. DIVISION TERRITORIAL E INTEGRACION REGIONAL

El territorio de la Provincia se divide en departamentos y municipios.

El Estado Provincial promueve la integración social, económica y cultural de las regiones con características e intereses comunes, mediante la creación de instituciones que tengan a su cargo la planificación y ejecución del desarrollo regional, con participación en los organismos del Gobierno.



Provincia de Salta Artículo 8 Constitución
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


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