Constitución Artículo 132 Provincia de Salta
Constitución Salta
Artículo 132. RECESO LEGISLATIVO. VETO
Si antes del vencimiento de los diez días tiene lugar la clausura de las sesiones de las Cámaras, el Poder Ejecutivo debe, dentro de dicho término, devolver el proyecto vetado a la secretaría de la Cámara que lo haya remitido, sin cuyo requisito no tiene efecto el veto.
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Un hospital público puede cobrar las pericias, juntas médicas o exámenes que se practiquen a pedido del Poder Judicial?
Quisiera saber si la ley para reclamar malos tratos también sirve para organismos gubernamentales
se filtro agua en el techo del dpto y la propietaria no dio aùn soluciòn (20 dias) se cayo parte del cielorraso ,quiero rescindir el contrato(14 meses)
Me vendieron un automóvil con el cual no llegue a mí destino tenía el Carter roto pogado con poxilina, me dijo que debía $ 12 mil de patentes me adjunto los comprobantes y confiado firme ,pero la deuda real de patentes supera los 60 mil $ como debo actuar ante una evidente estafa
Si firme un contrato de adhesion a un fideicomiso para la construcion de departamento estoy obligada a pagar las expensas pese que eledificio no esta ocupao
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