Programa Primer Paso Artículo 4 Provincia de Córdoba
Programa Primer Paso Córdoba
Artículo 4. Requisitos para ser beneficiario
Para ser beneficiario el aspirante debe reunir los siguientes requisitos:
a) No haber tenido empleo registrado continuo en los últimos seis (6) meses al momento de la inscripción;
b) No percibir ninguna jubilación, pensión o ayuda económica de otros programas nacionales, provinciales o municipales, a excepción de las personas con discapacidad. Pueden ser incluidos como beneficiarios los que perciban la Ayuda Universal por Hijo o la que pudiere reemplazarla en el futuro;
c) No haber sido beneficiario en ediciones anteriores del Programa, a excepción de las personas con discapacidad o trasplantados de hasta cuarenta y nueve (49) años de edad;
d) Tener el consentimiento de su representante legal cuando el postulante sea menor de edad o incapaz;
e) No pueden ser beneficiarios el cónyuge ni los parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad del capacitador, y f) No pueden ser beneficiarios el cónyuge, conviviente en aparente matrimonio e hijos de autoridades electas ni funcionarios de la Provincia, con cargo igual o superior al de Secretario.
La Autoridad de Aplicación podrá exceptuar de algunos de estos requisitos a jóvenes con discapacidad o con limitaciones físicas, psicológicas o socio económicas que dificulten su acceso al empleo.
Provincia de Córdoba Artículo 4 Programa Primer Paso
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