Constitución Artículo 186 Provincia de Río Negro
Constitución Río Negro
Artículo 186. FACULTADES
Los ministros toman por sí todas las resoluciones que la ley les autoriza de acuerdo con su competencia y dictan las providencias de trámite.Pueden participar en las sesiones de la Legislatura y tienen la obligación de informar ante ella, cuando les fuera requerido. En los casos de las sesiones secretas, juicio político, adopción de medidas contra un legislador o disciplinarias respecto a terceras personas, sólo participan previa resolución de la Legislatura.
Provincia de Río Negro Artículo 186 Constitución
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Buenas.
Tengo una consulta, si me caso con una ciudadana argentina, cuáles son los paso a seguir para obtener la ciudadanía argentina.
Pensamos casarnos en argentina, pero ninguno tiene idea de los paso a seguir.
Buenos dias. Cuando abren las inscripciones a los programas PPP y XMI?
En principio debe acreditar el vinculo y adjuntar toda la documentación requerida.
buenas tardes, mi padre que era viudo adquirio un terreno antes de casarse por 2° vez con mi madre y construyo la casa familiar. Ahora mi padre fallecio y mi medio hermano ( hijo del primer matrimonio) reclama uma porcion mayor de la sucesion . Le corresponde?
Soy auxiliar en terapia ocupacional,se un instituto privado y me pide un certificado de matrícula para poder trabajar,cómo hago???
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