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Código Fiscal Artículo 208 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Fiscal Neuquén
Artículo 208. Impuesto Fijo

Establecer un régimen de Impuesto Fijo para todos aquellos contribuyentes cuyas actividades se encuentren incluidas dentro de las disposiciones fijadas en la Ley Impositiva provincial.

La cancelación del monto que se determine como Impuesto Fijo tendrá el carácter de definitivo y deberá ingresarse en forma mensual.

Facúltase a la Dirección Provincial de Rentas a reglamentar e instrumentar la metodología de incorporación al presente régimen.

Provincia del Neuquén Artículo 208 Código Fiscal
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Los comentarios de los usuarios

buenas tardes alguien me podria pasar los minimos a pagar en IIBB NEUQUEN AÑO 2016, 2017 Y 2018 Y MULTAS DE TENERLAS MUCHAS GRACIAS

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