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Constitución Artículo 205 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Constitución Neuquén
Artículo 205. Inmunidades

El gobernador y vicegobernador gozarán de las mismas inmunidades personales que los legisladores.

Provincia del Neuquén Artículo 205 Constitución
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


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