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Constitución Artículo 171 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/07/2024

Constitución Misiones
Artículo 171.

Son atribuciones y deberes de los municipios:

1) Convocar a elecciones municipales;

2) Sancionar anualmente su presupuesto de gastos y su cálculo de recursos;

3) Entender en todo lo relativo a edificación, tierras fiscales municipales, abastecimiento, sanidad, asistencia social, espectáculos públicos, costumbres y moralidad, servicios públicos urbanos, reglamentación y habilitación de las vías públicas, paseos, cementerios y demás lugares de su dominio;

4) Establecer impuestos, tasas, contribuciones y formas de percibirlos, 5) Dar a publicidad trimestralmente el estado de sus ingresos y gastos, anualmente el balance general, y una memoria sobre la labor desarrollada dentro de los treinta días de vencido el ejercicio.

6) Contraer empréstitos para obras señaladas de mejoramiento, con dos tercios de votos de la totalidad de los miembros del Concejo.

En ningún caso el servicio de la totalidad de los empréstitos podrá comprometer más de la cuarta parte de la renta, ni el fondo amortizante aplicarse a otros fines;

7) Enajenar en subasta pública y gravar los bienes municipales con dos tercios de votos de la totalidad de los miembros del Concejo;

8) Nombrar al personal de su dependencia y removerlo, previo sumario;

9) Realizar convenios de mutuo interés con otros entes de derecho público o privado;

10) Contratar, previa licitación, las obras que estime convenientes;

11) Fomentar la instrucción pública y la cultura artística, intelectual y física;

12) Dictar todas las ordenanzas y reglamentos dentro de las atribuciones conferidas por esta Constitución y por la ley orgánica de las municipalidades.



Provincia de Misiones Artículo 171 Constitución
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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable


Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias


Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.


Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.


Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.


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