Constitución Artículo 213 Provincia de Jujuy
Constitución Jujuy
Artículo 213. ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LAS MUNICIPALIDADES
Las municipalidades tienen las atribuciones y deberes siguientes, conforme a esta Constitución, la ley y la Carta Orgánica:
1) convocar a elecciones y juzgar la validez de las mismas;
2) nombrar y remover a los funcionarios y empleados de su dependencia y establecer la carrera municipal;
3) sancionar anualmente el presupuesto de gastos y cálculo de recursos;
4) sancionar el código tributario municipal y, anualmente, la ordenanza impositiva por mayoría simple;
5) disponer y administrar sus bienes y rentas;
6) contraer empréstitos y concertar otras operaciones de crédito para la realización de obras públicas o inversiones en bienes de capital;
7) otorgar concesiones de uso de bienes y de explotación de servicios públicos;
8) celebrar contratos respecto de los bienes de su dominio privado;
9) organizar, administrar y prestar servicios de interés público y de desarrollo humano;
10) realizar otras obras directamente o por contratación, por consorcios o cooperativas;
11) expropiar bienes mediante ordenanzas de declaración de utilidad pública y en conformidad con la legislación provincial de la materia;
12) celebrar convenios con entes públicos o privados;
13) dictar el código de faltas y establecer sanciones progresivas;
14) crear tribunales para el juzgamiento de las faltas municipales, garantizando el derecho de defensa y el de acceder a los tribunales de justicia;
15) crear y organizar la policía de tránsito y la guardia urbana municipal;
16) crear el banco municipal, cooperativas de crédito e instituciones de fomento;
17) publicar periódicamente el movimiento de ingresos y egresos, y anualmente el balance y memoria de cada ejercicio dentro de los sesenta días de su vencimiento, sin perjuicio del contralor externo a cargo de la Auditoría General de la Provincia;
18) dictar los Códigos de Planeamiento Urbano y Ambiental, teniendo en cuenta la adaptación y mitigación de los efectos negativos del cambio climático de acuerdo con lo dispuesto por esta Constitución;
19) regular y controlar el uso del suelo, el urbanismo y la planificación territorial dentro de sus límites geográficos, garantizando la ordenación adecuada y equilibrada del territorio;
20) fomentar y promover el desarrollo económico y social en su territorio, incentivando la inversión local, apoyando a los emprendedores y promoviendo la creación de empleo;
21) salvaguardar y proteger el patrimonio cultural, histórico y natural de su territorio, promoviendo su conservación, investigación y difusión;
22) organizar e implementar el Boletín Oficial Municipal.
Provincia de Jujuy Artículo 213 Constitución
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias
Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios