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Constitución Artículo 62 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/09/2024

Constitución Formosa
Artículo 62.

El Presupuesto General de la Provincia preverá los recursos pertinentes; explicitando sus objetivos y finalidades, autorizará las inversiones y gastos; y fijará el número de agentes públicos. El Presupuesto Provincial se aprobará anualmente. La falta de sanción de la ley que apruebe el presupuesto al fenecer la vigencia del anterior, implica la reconducción automática de los créditos aprobados en este último, con los ajustes que el Poder Ejecutivo determine conforme a lo establecido en la ley de aplicación. Las Sociedades o Empresas del Estado se regirán por sus propios presupuestos. Las leyes especiales que dispongan o autoricen gastos deben indicar el recurso correspondiente y ser incorporados al Presupuesto General. El Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Tribunal de Cuentas remitirán al Poder Ejecutivo sus respectivos presupuestos, que deberán adecuarse a las pautas contenidas en el Presupuesto General de la Administración;

caso contrario deberán ser reformulados, con una anticipación de treinta días de plazo fijado para la presentación del Presupuesto General, para su incorporación al mismo.

Provincia de Formosa Artículo 62 Constitución
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Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.


La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?


Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.

Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.


el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)


Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias


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