Código Tributario Artículo 247 Provincia de San Luis
Código Tributario San Luis
Artículo 247. CONCESION - PROVEEDURIA Y SUMINISTRO
En los contratos de concesión, sus cesiones, o transferencias y sus prórrogas, el impuesto se liquidará sobre el valor de los mismos.
Si no se determina el valor, el impuesto se aplicará sobre el capital necesario para la explotación que el concesionario declarará expresamente en la escritura, teniendo en cuenta el valor de las obras o inversiones a realizar, o en su defecto, los importes representados por todos los bienes destinados a la explotación y al dinero necesario para su desenvolvimiento.
En los contratos de proveeduría el impuesto se aplicará sobre su valor total, sea que el objeto se entregue de una sola vez o en forma fraccionada.
En los contratos de suministro y/o prestaciones de servicios continuos el impuesto se aplicará sobre la liquidación periódica que se realice por bienes entregados y/o servicios prestados en cada suministro, neto de los ajustes provenientes de períodos anteriores.
En los contratos de proveeduría o suministro la liquidación del impuesto procederá Inter dure la provisión y/o el suministro.
Provincia de San Luis Artículo 247 Código Tributario
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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