Código Tributario Artículo 166 Provincia de San Luis
Código Tributario San Luis
Artículo 166. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE FUNCIONARIOS Y MAGISTRADOS
Los funcionarios y magistrados a que se refieren los Artículos 164 y 165 en su calidad de agentes de percepción y retención del impuesto y sus accesorios responden solidariamente por la deuda tributaria en concepto de impuesto, su actualización, intereses, recargos y multas, cuando por incumplimiento de los citados Artículos o de los deberes inherentes a su cargo, no sea satisfecho el crédito fiscal.
Provincia de San Luis Artículo 166 Código Tributario
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código de Aguas Salta Artículo 59. Determinación del Débito Contributivo y Fecha de Imposición Constitución Córdoba Artículo 79. ProclamaciónRecomendados
Código Tributario San Luis Artículo 63. OMISION, MULTA Código Tributario San Luis Artículo 212. CONVENIO MULTILATERAL - OBLIGATORIEDAD Código Tributario San Luis Artículo 81. FECHA DE PAGO Institución como Mes del derecho a cuidar y ser cuidado el mes de julio de cada año Ciudad de Buenos Aires Artículo 3. Código Tributario San Luis Artículo 325. SOLICITUD-DECLARACION JURADA SANCION PROCEDIMIENTO CANTIDADPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios