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Código Procesal Penal Artículo 456 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 456. Cómputo y facultades del Tribunal de ejecució

El Tribunal de juicio hará practicar por Secretaría el cómputo de la pena, fijando la fecha de vencimiento o su monto. Dicho cómputo será notificado al Ministerio Público Fiscal y al interesado, quienes podrán observarlo dentro de los tres (3) días. Si se dedujere oposición, el incidente se tramitará ante el Tribunal de juicio y se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 454. En caso contrario, el cómputo se aprobará y la sentencia será comunicada inmediatamente al Tribunal de ejecución penal. El Juez de ejecución tendrá competencia para:

1) Controlar que se respeten todas las garantías constitucionales y tratados internacionales ratificados por la República Argentina, en el trato otorgado a los condenados, presos y personas sometidas a medidas de seguridad.

2) Controlar el cumplimiento por parte del imputado de las instrucciones e imposiciones establecidas en los casos de suspensión del procedimiento a prueba.

3) Controlar el cumplimiento efectivo de las sentencias de condena dictadas por el Poder Judicial de la Provincia.

4) Resolver todos los incidentes que se susciten en dicho período.

5) Colaborar en la reinserción social de los liberados condicionalmente.

6) Entender, en grado de apelación y sin sustanciación alguna, en las resoluciones sobre medidas disciplinarias dictadas por la autoridad penitenciaria, sean los sancionados penados o procesados, debiendo, en este último caso, remitir copia de su resolución al Tribunal que estuviere entendiendo en el proceso.

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 456 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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