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Código Procesal Penal Artículo 209 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Código Procesal Penal Salta
Artículo 209. Notificació

Cuando no se encontrare a la persona a quien se deba correr vista, la resolución será notificada conforme a las normas de notificación en el domicilio, y el término de aquéllas correrá desde el día siguiente.

Provincia de Salta Artículo 209 Código Procesal Penal Ley 6.345. 5 de Noviembre de 1985
Artículo 1 ...207 208 209 210 211 ...622

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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?


ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


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