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Código Procesal Penal Artículo 176 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Código Procesal Penal Salta
Artículo 176. Término

Se dictarán los decretos el día en que los expedientes sean puestos a despacho y los autos, dentro de los cinco (5) días siempre que expresamente no se dispongan otros plazos. Las sentencias, serán dictadas en las oportunidades especialmente previstas.

Provincia de Salta Artículo 176 Código Procesal Penal Ley 6.345. 5 de Noviembre de 1985
Artículo 1 ...174 175 176 177 178 ...622

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ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?


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