Código Procesal penal Artículo 312 Provincia de Misiones
Código Procesal Penal Misiones
Artículo 312. Tratamiento de Presos
Excepto lo previsto en el Artículo 313 del presente Código, los que son sometidos a prisión preventiva deben ser alojados en establecimientos diferentes a los de penados; se dispone su separación por razones de sexo, edad, educación, antecedentes y naturaleza del delito que se le imputa; pueden procurarse a sus expensas las comodidades que no afecten al régimen carcelario, recibir visitas en las condiciones que establezca el reglamento respectivo y usar los medios de correspondencia, salvo las restricciones impuestas por la Ley.
Los jueces pueden autorizarlos, mediante resolución fundada, a salir del establecimiento y ser trasladados bajo custodia, para cumplir sus deberes morales en caso de muerte o grave enfermedad de algún pariente próximo, por el tiempo que prudencialmente se determine.
Provincia de Misiones Artículo 312 Código Procesal penal
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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