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Código Procesal penal Artículo 310 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Código Procesal Penal Misiones
Artículo 310. Casos de Inhabilitación Provisoria. Procedencia

En las causas por infracción a los Artículos 84 y 94 del Código Penal, cuando las lesiones o muerte son consecuencia del uso de automotores, el Juez puede disponer por auto, luego de recibida la declaración indagatoria, inhabilitar provisoriamente al procesado para conducir, reteniendo a tal efecto la licencia habilitante y comunicando la resolución al Registro Provincial y al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito. Esta medida cautelar dura como mínimo tres (3) meses y puede ser prorrogada por períodos no inferiores a un (1) mes, hasta el dictado de la sentencia. La medida y sus prórrogas pueden ser revocadas o apeladas. El período efectivo de inhabilitación provisoria puede ser computado para el cumplimiento de la sanción de inhabilitación sólo si el imputado aprueba un curso de los contemplados en la Ley Nacional de Tránsito.



Provincia de Misiones Artículo 310 Código Procesal penal
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?


El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar


Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


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