Código Procesal penal Artículo 120 Provincia de Misiones
Código Procesal Penal Misiones
Artículo 120. Fecha
Para fechar un acto se debe indicar el lugar, día, mes y año en que se cumple. La hora debe ser consignada cuando especialmente se lo exije.
Cuando la fecha es requerida bajo pena de nulidad, ésta sólo puede ser declarada cuando aquélla no se pueda establecer con certeza en virtud de los elementos del acto o de otros conexos con él.
El Secretario del Tribunal debe poner cargo a todos los escritos, oficios o notas que recibe, expresando la fecha y hora de presentación.
Provincia de Misiones Artículo 120 Código Procesal penal
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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